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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 125 · Trasbordo

Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

TÍTULO VIII TRÁNSITO ADUANERO

(Trasbordo).- A pedido del interesado, la Dirección Nacional de Aduanas, teniendo en consideración razones operativas, podrá autorizar que el transporte de la mercadería sometida al régimen se efectúe con trasbordo bajo control aduanero.

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