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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 167 · Autorización, adjudicación y funcionamiento

Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

TÍTULO X ÁREAS CON TRATAMIENTOS ADUANEROS ESPECIALES › CAPÍTULO II TIENDAS LIBRES

(Autorización, adjudicación y funcionamiento).- 1. Las tiendas libres deben ser autorizadas y adjudicadas por la autoridad competente conforme a lo dispuesto en la legislación respectiva. 2. El Poder Ejecutivo establecerá los requisitos, condiciones, formalidades y procedimientos necesarios para el funcionamiento de las tiendas libres.

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