Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 179 · Análisis y gestión del riesgo

Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

TÍTULO XI DISPOSICIONES COMUNES A LA IMPORTACIÓN Y A LA EXPORTACIÓN › CAPÍTULO IV GESTIÓN DE RIESGO

(Análisis y gestión del riesgo).- 1. La Dirección Nacional de Aduanas desarrollará sistemas de análisis de riesgo utilizando técnicas de tratamiento de datos y basándose en criterios que permitan identificar y evaluar los riesgos y desarrollar las medidas necesarias para afrontarlos. 2. El sistema de gestión de riesgo debe permitir a la Dirección Nacional de Aduanas orientar sus actividades de control a mercaderías de alto riesgo y simplificar el movimiento de mercaderías de bajo riesgo. 3. La gestión de riesgo se aplicará en las diferentes fases del control aduanero y se efectuará utilizando preferentemente procedimientos informáticos que permitan un tratamiento automatizado de la información.

← Artículo 178 Ver en la norma completa Artículo 180 →