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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 49 · Extensión del gravamen

Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Extensión del gravamen).- El privilegio del acreedor hipotecario se ejercerá:

1º En caso de pérdida, sobre el valor del seguro.

2º En caso de destrucción o inutilización, sobre los materiales y efectos recuperados o su producido y en las indemnizaciones debidas por terceros.

3º En caso de requisa, sobre el valor de la expropiación.

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