Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 8 · Limitación al derecho de propiedad

Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Limitación al derecho de propiedad). - Nadie puede oponerse, en razón de un derecho de propiedad en la superficie, al sobrevuelo de las aeronaves siempre que éste se realice de acuerdo con las normas jurídicas vigentes. No obstante el perjuicio emergente de un sobrevuelo legítimo dará lugar a eventual responsabilidad.

← Artículo 7 Ver en la norma completa Artículo 9 →