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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 1062

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

La aceptación pura y simple puede ser expresa o tácita. Expresa es, cuando se toma el título de heredero; y tácita, cuando el heredero ejecuta un acto que supone necesariamente su intención de aceptar y que no hubiera tenido derecho de ejecutar, sino en su calidad de heredero.

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