Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 1282

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

3º - DEL OBJETO DE LOS CONTRATOS

El objeto de los contratos es el objeto de las obligaciones que por ellos se contrajeren.

Pueden ser objeto de los contratos, las cosas o los hechos que no estén fuera del comercio de los hombres.

← Artículo 1281 Ver en la norma completa Artículo 1283 →