Artículo 1284
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Los hechos son imposibles física o moralmente.
Es físicamente imposible el hecho que es contrario a la naturaleza.
Es moralmente imposible el prohibido por las leyes o contrario a las buenas costumbres o al orden público.