Artículo 1499
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Para que la compensación de dos deudas se verifique <i>ipso jure</i>, se requiere:
1º.- Que el objeto de ambas sea del mismo género.
2º.- Que ambas sean líquidas.
3º.- Que sean actualmente exigibles.
4º.- Que sean personales al que opone y a aquel a quien se opone la compensación.