Artículo 1720
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
En los casos de los dos artículos anteriores el comprador puede optar entre rescindir la venta abonándosele los gastos causados por ella o rebajar una cantidad proporcional del precio a juicio de peritos.
El ejercicio de una de estas acciones excluye necesariamente el de la otra. (*)