Artículo 2142
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La obligación del fiador se extingue al mismo tiempo que la del deudor y por las mismas causas que las demás obligaciones. (Artículos 1513, 1523, 1539 y 1544).