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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 2166

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Si una de las partes ha renunciado el derecho que le correspondía por un título y después adquiere otro título sobre el mismo objeto, la transacción no le priva del derecho posteriormente adquirido.

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