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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 2216

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

CAPÍTULO II - DEL COMODATO O PRESTAMO DE USO › SECCIÓN I - DE LA NATURALEZA DEL COMODATO

El comodato o préstamo de uso es un contrato por el cual una de las partes entrega a la otra alguna cosa no fungible, mueble o raíz, para que use de ella gratuitamente y se la devuelva en especie.

Este contrato podrá probarse por testigos, cualquiera que sea el valor de la cosa prestada.

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