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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 2321

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Respecto de los montes de piedad y demás establecimientos autorizados para prestar sobre prendas, se observarán las leyes y reglamentos que les conciernan y subsidiariamente las disposiciones de este Título.

Los contratos previstos en las leyes 5.649 de 21 de marzo de 1918, 8.292 de 24 de setiembre de 1928 y 12.367 de 8 de enero de 1957, quedan sujetos a las normas respectivas.

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