Artículo 283
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El matrimonio y la emancipación producen el efecto de poder ejercer los hijos menores todos los actos de la vida civil, excepto aquellos que por este Código se prohiben a los menores <i>habilitados de edad</i>.
Por lo que hace al emancipado, está además sujeto a las restricciones expresadas en el Título <i>Del matrimonio</i>. (*)