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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 645

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Si el predio dominante pertenece a varios <i>pro indiviso</i>, el uso que haga uno de ellos de la servidumbre, impide la prescripción con respecto a los demás.

Si entre los condóminos, hay alguno contra quien, por leyes especiales, no haya podido correr la prescripción, por ejemplo, un menor, éste conservará el derecho de todos los demás.

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