Artículo 920
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si en razón de una deuda determinada, se manda pagar más de lo que ella importa, no se deberá el exceso.
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si en razón de una deuda determinada, se manda pagar más de lo que ella importa, no se deberá el exceso.