Artículo 987
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El testador no podrá ampliar las facultades del albacea ni exonerarle de sus obligaciones, según se hallan definidas en este capítulo.
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El testador no podrá ampliar las facultades del albacea ni exonerarle de sus obligaciones, según se hallan definidas en este capítulo.