Artículo 1333
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La designación general de efectos no comprende moneda de calidad alguna, oro ni plata, alhajas ni municiones de guerra. En seguros de esta naturaleza es necesario que se declare específicamente el objeto sobre que recae el seguro.