Artículo 1368
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
En el seguro de los fletes se determina la cantidad asegurada por las pólizas de fletamento, o por los conocimientos.
En defecto de pólizas o de conocimientos, y respecto a la carga que pertenezca a los dueños mismos del buque, el importe del flete será determinado por peritos.