Artículo 300
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Se llama especialmente mandato, cuando el que administra el negocio obra en nombre de la persona que se lo ha encomendado.
Se llama comisión o consignación, cuando la persona que desempeña el negocio obra a nombre propio, sin declarar el nombre del individuo que le ha hecho el encargo.