Artículo 179 · Remuneración
Código de la Niñez y la Adolescencia · Aprobado por Ley N.º 17.823 de 2004
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Remuneración).- La remuneración del adolescente trabajador se regirá por lo dispuesto en las leyes, decretos, laudos o convenios colectivos de la actividad correspondiente.