Artículo 65 · Competencia
Código de la Niñez y la Adolescencia · Aprobado por Ley N.º 17.823 de 2004
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Competencia).- La competencia de los órganos jurisdiccionales en materia de niños y adolescentes es la que fija la Ley N° 15.750, de 24 de junio de 1985, con excepción de las siguientes modificaciones: (*)
Notas
- Además, este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 15.750 de 24/06/1985 artículo 67.