Artículo 277 TER · Artículo 277-TER
Código Penal · Aprobado por Ley N.º 9.155 de 1933
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Circunstancias agravantes especiales del delito previsto por el artículo 277 BIS).-
A) Que las actividades descriptas en el tipo se ejecuten mediante
coacción, intimidación o engaño hacia los menores de edad.
B) Que el hecho sea realizado por personas con un vínculo de afinidad o
parentesco con el menor.
C) Que el contacto se realice con un menor de trece años de edad, con
discapacidad, deficiencias físicas o psíquicas. (*)