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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 38

Artículo derogado. Se conserva por su valor histórico; no está vigente. Las notas indican la norma derogatoria.

Código Penal · Aprobado por Ley N.º 9.155 de 1933

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(*)

Notas

  • Derogado/s por: Ley Nº 16.274 de 06/07/1992 artículo 1.
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.155 de 04/12/1933 artículo 38.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Redacción vigente

(*)

Anterior Texto original Norma · 04/12/1933

(El Tribunal de Honor en el delito de duelo)

Queda exento de pena el duelo que se efectúa llenándose los requisitos establecidos en la ley de 6 de agosto de 1920.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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