Artículo 81
Código Penal · Aprobado por Ley N.º 9.155 de 1933
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Penas accesorias a la de penitenciaría)
La pena de penitenciaría lleva consigo las siguientes:
1. Inhabilitación para cargos, oficios públicos, derechos políticos, por el tiempo que dure la condena.
2. Inhabilitación especial para el ejercicio de profesiones académicas, durante el mismo tiempo.
3. Pérdida de la patria potestad e incapacidad para administrar bienes, por igual plazo.