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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 179

Artículo derogado. Se conserva por su valor histórico; no está vigente. Las notas indican la norma derogatoria.

Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

LIBRO I DISPOSICIONES GENERALES › TÍTULO VI - DE LA PRUEBA › CAPÍTULO II - MEDIOS DE PRUEBA › SECCIÓN VII - DE LA PRUEBA PERICIAL

(*)

Notas

  • Derogado/s por: Ley Nº 19.549 de 25/10/2017 artículo 36.
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.293 de 19/12/2014 artículo 179.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Redacción vigente

(*)

Anterior Texto original Ley N.º 19.293 · 09/01/2015

(Remisión). La prueba pericial se regirá por lo establecido en el Libro I, Título VI, Capítulo III, Sección V del Código General del Proceso, en lo pertinente.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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