Artículo 259 BIS · Artículo 259-BIS
Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
El Juez actuante dispondrá el comiso y remate de todo elemento que directa o indirectamente fuere empleado en la comisión de los delitos tipificados en los artículos 258 y 259. (*)
Notas
Versiones de este artículo
El Juez actuante dispondrá el comiso y remate de todo elemento que directa o indirectamente fuere empleado en la comisión de los delitos tipificados en los artículos 258 y 259. (*)
Incorpórase al Código Rural el siguiente artículo:
"ARTICULO 259 bis.- El Juez actuante dispondrá el comiso de todo
elemento que directa o indirectamente fuere empleado en la comisión
del delito.
Lo dispuesto en el inciso precedente regirá sin perjuicio de los
derechos de los terceros de buena fe".
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 7 de setiembre de 2004. LUIS HIERRO LOPEZ, Presidente; MARIO FARACHIO, Secretario.
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 14 de Setiembre de 2004
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.