Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 44 · Procedimiento escrito

Código Tributario · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.306 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Procedimiento escrito).- El procedimiento será escrito. Esta norma será aplicable tanto a las exposiciones de los interesados como a los informes o dictámenes de los funcionarios y a las demás actuaciones administrativas.

← Artículo 43 Ver en la norma completa Artículo 45 →