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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 260

Constitución de la República · Texto de 1967 con las reformas plebiscitadas

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Los decretos de los Gobiernos Departamentales que tengan fuerza de ley en su jurisdicción, podrán también ser declarados inconstitucionales, con sujeción a lo establecido en los artículos anteriores. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículos: 256, 257, 258 y 259.
  • Ver: Disposiciones Transitorias y Especiales de la Constitución de la.
  • República letra V').

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