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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 79 · Competencia

Reglamento del IRPF · Decreto N.º 148/007

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Competencia).- La Dirección General Impositiva será el organismo competente en materia de fiscalización, determinación tributaria y cobro coactivo del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas en todos los casos.

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