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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 120

Procedimiento administrativo y disciplinario de la Administración Central · Decreto N.º 500/991

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

TÍTULO II - DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL › CAPÍTULO I - DE LA DEFINICION Y NOMENCLATURA DE LOS ACTOS

Acto administrativo es toda manifestación de voluntad de la Administración que produce efectos jurídicos.

Llámase Reglamento a las normas generales y abstractas creadas por acto administrativo.

Llámase Resolución a las normas particulares y concretas creadas por acto administrativo.

Llámase Disposición General, a las normas generales y concretas creadas por acto administrativo.

Llámase Reglamento Singular, a las normas particulares y abstractas creados por acto administrativo. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 121.

Ver en IMPO ↗

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