Artículo 17
Ley de Propiedad Horizontal · Ley N.º 10.751 de 1946
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
A falta de dicho reglamento, o en su silencio, las relaciones entre los propietarios de los diversos pisos o departamentos de un edificio, se regirán por las reglas de los artículos 18 y 19.