Artículo 14
Plan Nacional de Viviendas · Ley N.º 13.728 de 1968
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Para calcular el número de dormitorios necesarios se aplicarán los siguientes criterios:
A) Se asignará un dormitorio por cada matrimonio;
B) Al resto de los componentes se les asignará dormitorios separando los
sexos y admitiendo hasta dos personas por dormitorio, cuando éstas
sean mayores de seis años y hasta tres cuando tengan como máximo esa
edad;
C) La reglamentación establecerá las excepciones a esta norma y en
particular la posibilidad para los matrimonios jóvenes de reclamar una
previsión del futuro crecimiento de la familia.