Artículo 114
Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales · Ley N.º 15.750 de 1985
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La imposición de las correcciones disciplinarias será atribución de la Suprema Corte de Justicia, que procederá de acuerdo al procedimiento que reglamentará, de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución de la República.
Las sanciones consistirán en:
1º) Amonestación.
2º) Apercibimiento y censura en forma oral ante la Suprema Corte de
Justicia, labrándose acta de la respectiva diligencia.
3º) Suspensión en el ejercicio del cargo.
(*)
5º) Pérdida del derecho al ascenso por uno a cinco años.
6º) Descenso a la categoría inmediata inferior.
7º) Destitución en caso de ineptitud, omisión o delito.
Notas
Versiones de este artículo
La imposición de las correcciones disciplinarias será atribución de la Suprema Corte de Justicia, que procederá de acuerdo al procedimiento que reglamentará, de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución de la República.
Las sanciones consistirán en:
1º) Amonestación.
2º) Apercibimiento y censura en forma oral ante la Suprema Corte de
Justicia, labrándose acta de la respectiva diligencia.
3º) Suspensión en el ejercicio del cargo.
(*)
5º) Pérdida del derecho al ascenso por uno a cinco años.
6º) Descenso a la categoría inmediata inferior.
7º) Destitución en caso de ineptitud, omisión o delito.
La imposición de las correcciones disciplinarias será atribución de la Suprema Corte de Justicia, que procederá de acuerdo al procedimiento que reglamentará, de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución de la República.
Las sanciones consistirán en:
1º) Amonestación.
2º) Apercibimiento y censura en forma oral ante la Suprema Corte de
Justicia, labrándose acta de la respectiva diligencia.
3º) Suspensión en el ejercicio del cargo.
4º) Traslado a un cargo no conceptuado como de ascenso.
5º) Pérdida del derecho al ascenso por uno a cinco años.
6º) Descenso a la categoría inmediata inferior.
7º) Destitución en caso de ineptitud, omisión o delito.
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.