Artículo 1
Recursos administrativos · Ley N.º 15.869 de 1987
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
(*)
Versiones de este artículo
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Deróganse los numerales 2, 3 y 4 del artículo 26 del decreto ley 15.524, de 9 de enero de 1984. Los llamados actos políticos podrán ser objeto de la acción de nulidad.
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.