Artículo 18
Ley de Sociedades Comerciales · Ley N.º 16.060 de 1989
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Procedimiento. Norma general). Cuando esta ley disponga o autorice una acción judicial ella se sustanciará por el procedimiento establecido por los artículos 346 y 347 del Código General del Proceso salvo disposición legal en contrario. (*)