Artículo 296
Ley de Sociedades Comerciales · Ley N.º 16.060 de 1989
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Características). Las acciones serán de igual valor nominal expresado en moneda nacional, con las excepciones legales. Serán nulas las acciones sin valor nominal.
Las acciones serán indivisibles (artículo 56).
Se podrán emitir series de acciones y títulos representativos de una o varias acciones.