Artículo 60
Ley de la Seguridad Social · Ley N.º 16.713 de 1995
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Regulación de las prestaciones). Las prestaciones mencionadas en el presente capítulo se ajustarán por el procedimiento y en las oportunidades establecidas en el artículo 67 de la Constitución de la República.(*)