Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 36 BIS · Artículo 36-BIS

Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible · Ley N.º 18.308 de 2008

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Es de aplicación al derecho de superficie la misma normativa sobre dimensiones mínimas de predios o lotes que establece la legislación nacional o departamental (IOT).

Lo establecido en el inciso anterior no le será de aplicación a aquellos derechos de superficie promovidos por MEVIR - Dr. Alberto Gallinal Heber. (*)

Notas

  • Ver vigencia: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 2. Agregado/s por: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 660.

Ver en IMPO ↗

← Artículo 36 Ver en la norma completa Artículo 37 →