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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 12 · Principio de responsabilidad

Ley de Protección de Datos Personales · Ley N.º 18.331 de 2008

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Principio de responsabilidad).- El responsable de la base de datos o tratamiento y el encargado, en su caso, serán responsables de la violación de las disposiciones de la presente ley.

En ejercicio de una responsabilidad proactiva, deberán adoptar las medidas técnicas y organizativas apropiadas: privacidad desde el diseño, privacidad por defecto, evaluación de impacto a la protección de datos, entre otras, a fin de garantizar un tratamiento adecuado de los datos personales y demostrar su efectiva implementación.

La reglamentación determinará las medidas que correspondan según los tipos de datos, tratamientos y responsables, así como la oportunidad para su revisión y actualización. (*)

Notas

  • Redacción dada por: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 39.
  • Ver vigencia: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 2.
  • Reglamentado por: Decreto Nº 64/020 de 17/02/2020.
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.331 de 11/08/2008 artículo 12.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Ley N.º 19.670 · 15/10/2018

(Principio de responsabilidad).- El responsable de la base de datos o tratamiento y el encargado, en su caso, serán responsables de la violación de las disposiciones de la presente ley.

En ejercicio de una responsabilidad proactiva, deberán adoptar las medidas técnicas y organizativas apropiadas: privacidad desde el diseño, privacidad por defecto, evaluación de impacto a la protección de datos, entre otras, a fin de garantizar un tratamiento adecuado de los datos personales y demostrar su efectiva implementación.

La reglamentación determinará las medidas que correspondan según los tipos de datos, tratamientos y responsables, así como la oportunidad para su revisión y actualización. (*)

Anterior Texto original Ley N.º 18.331 · 18/08/2008

Principio de responsabilidad.- El responsable de la base de datos es responsable de la violación de las disposiciones de la presente ley.

CAPITULO III - DERECHOS DE LOS TITULARES DE LOS DATOS

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