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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 23 · Procedencia y competencia

Ley sobre el derecho de acceso a la información pública · Ley N.º 18.381 de 2008

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Procedencia y competencia).- La acción de acceso a la información procede contra todo sujeto obligado por la presente ley, cuando éste se negare a expedir la información solicitada o no se expidiese en los plazos fijados en la presente ley.

Serán competentes para conocer en estas acciones:

1) En la capital, los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo

Contencioso Administrativo, cuando la acción se dirija contra una

persona pública estatal, y los Juzgados Letrados de Primera Instancia

en lo Civil en los restantes casos.

2) En el interior, los Juzgados Letrados de Primera Instancia a los que se

haya asignado competencia en la materia.

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