Artículo 21 · Publicación del extracto de la sentencia
Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Publicación del extracto de la sentencia).- La publicación del extracto de la sentencia será ordenada y tramitada directamente por el Juzgado, dentro de las veinticuatro horas de dictada la misma. La Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales lo publicará de inmediato y el costo de la publicación tendrá la calidad de crédito de la masa, las publicaciones del extracto de sentencia de que trata este artículo, así como toda otra publicación en el Diario Oficial de que trate la presente ley, deberá ser por el término de tres días.
En caso de que no existan recursos suficientes para la realización de cualquiera de las publicaciones que se deban realizar durante el concurso, el Tribunal ordenará la publicación sin costo en el Diario Oficial por igual término que en el inciso anterior, oficiando a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales.