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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 239 · Competencia internacional para la declaración del concurso

Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

TÍTULO XIII - RÉGIMEN INTERNACIONAL DEL CONCURSO › CAPÍTULO I - COMPETENCIA Y LEY APLICABLE AL CONCURSO CON ELEMENTO EXTRANJERO

(Competencia internacional para la declaración del concurso).- Los Jueces uruguayos serán competentes para declarar el concurso cuando:

1) El domicilio o el centro efectivo de actividad del deudor se

encuentre en territorio nacional.

2) El deudor tenga o haya tenido oficina, establecimiento o

explotación en territorio nacional, aun cuando su domicilio o

centro efectivo de actividad se encuentre en el exterior.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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