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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 253 · Derecho procesal supletorio

Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Derecho procesal supletorio).- En lo no previsto por la presente ley para la tramitación procesal del concurso de acreedores se estará a lo establecido por el Código General del Proceso.

Todos los plazos establecidos en la presente ley serán perentorios e improrrogables.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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