Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 99 · Efectos de la falta de solicitud

Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Efectos de la falta de solicitud).- Los acreedores, hubieran sido o no notificados por el síndico o el interventor, que no se hubieran presentado a verificar sus créditos en el plazo establecido, deberán verificar los mismos judicialmente y a su costa, perdiendo el derecho a percibir la participación que les hubiere correspondido con los pagos ya realizados.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

← Artículo 98 Ver en la norma completa Artículo 100 →