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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 8 · Difusión pública de resoluciones

Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) · Ley N.º 18.446 de 2008

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Difusión pública de resoluciones).- Cuando la INDDHH emita recomendaciones, opiniones o propuestas sin haber mediado solicitud previa de los organismos involucrados en las mismas y considere que no se verifican situaciones graves o urgentes a resolver, dichas recomendaciones, opiniones o propuestas se comunicarán a las autoridades u organismos involucrados sin que la INDDHH le dé difusión pública durante el plazo que ésta determine para cada caso.

Lo dispuesto precedentemente no aplicará ante supuestos de denuncias que se regularán por el procedimiento correspondiente, ni cuando la INDDHH sesione en Asamblea Nacional de Derechos Humanos o cuando se trate de brindar informes anuales o especiales a la Asamblea General.

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