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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 17 · Contenido del contrato

Ley de Participación Público-Privada · Ley N.º 18.786 de 2011

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

(Contenido del contrato).- Los Contratos de Participación Público-Privada deberán incluir necesariamente, y sin perjuicio de las demás estipulaciones necesarias o que acuerden las partes, los siguientes aspectos:

A) Identificación de las prestaciones principales que constituyen su

objeto.

B) Condiciones de reparto de riesgos entre el contratante y el

contratista, desglosando y precisando la imputación de los riesgos

derivados de la variación de los costos de las prestaciones y la

imputación de los riesgos de disponibilidad o de demanda de dichas

prestaciones, entre otros.

C) Objetivos de rendimiento asignados al contratista, particularmente

en lo que concierne a la calidad de los servicios, obras y

suministros y las condiciones en que deberán ser puestos a

disposición de la Administración Pública contratante.

D) Remuneración del contratista, que deberá desglosar las bases y

criterios para el cálculo de los costos de inversión, de

funcionamiento y de financiación y en su caso, de los ingresos que

el contratista pueda obtener de la explotación de las obras o

equipos.

E) Causas y procedimientos para determinar las variaciones de la

remuneración a lo largo del período de ejecución del contrato y

criterios aplicables respecto del mantenimiento del equilibrio de

la ecuación económico-financiera del contrato si correspondiera.

F) Fórmulas de pago y, particularmente, condiciones en las cuales, en

cada vencimiento o en determinado plazo, el monto de los pagos

pendientes de satisfacer por el contratante y los importes que el

contratista debe abonar a este como consecuencia de penalidades o

sanciones, pueden ser objeto de compensación.

G) Sistema de control por parte de la Administración Pública

contratante aplicable a la ejecución del contrato, especialmente

respecto a los objetivos de rendimiento, así como las condiciones

en que se autorice a realizar cesiones o sub contratos. Los costos

del funcionamiento de este sistema deberán estar previstos dentro

de la estructura general de costos del proyecto.

H) Sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones

del contrato.

I) Condiciones en que puede procederse a la modificación de

determinados aspectos del contrato o a su resolución, conforme a lo

establecido en la presente ley.

J) Destino de las obras y equipamientos objeto del contrato a la

finalización del mismo.

K) Garantías que el contratista deberá afectar al cumplimiento de sus

obligaciones.

L) Mecanismos aplicables a la liquidación del propio contrato,

incluyendo disposiciones sobre las compensaciones a que pudiera dar

lugar la misma.

M) Referencia a las condiciones generales y, cuando sea procedente, a

las especiales que sean pertinentes en función de la naturaleza de

las prestaciones principales.

N) Otras obligaciones del contratista como ser la presentación de sus

estados contables auditados, dentro de un plazo de seis meses

contados a partir del cierre de cada Ejercicio Fiscal.

Notas

  • Ver en esta norma, artículos: 18 y 63 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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