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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 22

Ley de Descentralización y Participación Ciudadana (Ley N.º 19.272) · Ley N.º 19.272 de 2014

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

CAPÍTULO VI DE LOS RECURSOS FINANCIEROS

Los Gobiernos Departamentales, y a través de éstos los Municipios, podrán acordar la forma de desarrollar políticas públicas en su territorio, mediante la ejecución de planes y proyectos concretos y, en su caso, la realización de convenios con el Poder Ejecutivo, entes autónomos, servicios descentralizados y personas de derecho público no estatal.

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