Artículo 408 · Organización, actividad y recursos de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias
Ley de Urgente Consideración · Ley N.º 19.889 de 2020
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Organización, actividad y recursos de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias).- Con la finalidad prevista en el artículo anterior y en la primera instancia presupuestal posterior a la aprobación de la presente ley, el Poder Ejecutivo incluirá todo lo relativo a la organización, la actividad y los recursos necesarios para la inmediata puesta en funcionamiento de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias.